10/05/2023
Reportes negativos ante centrales de riesgo y su implicación con el derecho fundamental al habeas data en Colombia
Los reportes negativos son aquellos que se hacen cuando una persona no cumple con el pago de una obligación financiera o comercial y la entidad acreedora lo informa a una central de riesgo, la cual, es una base de datos que recoge el historial crediticio de los ciudadanos. Estos reportes afectan la posibilidad de acceder a nuevos créditos o servicios, por lo que es importante evitarlos o salir de ellos lo más pronto posible.
El derecho fundamental al habeas data es el que tiene toda persona de conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recogido sobre ella en archivos y bancos de datos de naturaleza pública o privada. Este derecho busca proteger el dato personal, que es aquel que se refiere a aspectos exclusivos y propios de una persona natural y que permite identificarla en mayor o menor medida.
Los reportes negativos ante centrales de riesgo tienen una incidencia con el derecho fundamental al habeas data, pues implican el tratamiento de datos personales que pueden afectar la reputación, la intimidad y la autonomía de las personas. Por eso, la ley estatutaria 1581 de 2012 establece unos principios y unas reglas para garantizar el respeto al habeas data en estos casos. Algunas de estas reglas son las siguientes:
- La entidad que hace el reporte negativo debe contar con la autorización previa, expresa y escrita del titular del dato personal para recopilar, tratar o divulgar su información financiera. Además, debe informarle previamente al titular del hecho y darle un plazo de 20 días para que se ponga al día o demuestre el pago. Si el titular no responde, se presume que la mora es real y se procede al reporte.
- El reporte negativo debe ser veraz, completo y actualizado, es decir, debe corresponder a la situación real del deudor y reflejar todos los aspectos relevantes de la obligación. La entidad que hace el reporte debe contar con los documentos que soporten la existencia y las condiciones del crédito.
- El reporte negativo debe ser eliminado después de un tiempo proporcional al doble del tiempo que duró la mora, sin exceder los 14 años. Si la obligación se extingue por cualquier modo diferente al pago (por ejemplo, por prescripción), el reporte debe ser eliminado después de 4 años contados desde el momento en que se extinguió la obligación.
- El titular del dato personal tiene derecho a solicitar a la central de riesgo el acceso, inclusión, exclusión, corrección, adición, actualización y certificación de los datos, así como a limitar las posibilidades de divulgación, publicación o cesión de sus datos. Para ello, debe presentar una solicitud con sus datos personales y las razones de su petición, adjuntando los documentos que respalden su solicitud.
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