17/07/2026
🌧️ ¿Las lluvias, inundaciones o cortes de camino te impiden llegar al trabajo?
La ausencia no puede considerarse automáticamente injustificada. El artículo 160 N.º 3 del Código del Trabajo exige que la inasistencia sea sin causa justificada, por lo que cada situación debe analizarse según sus antecedentes concretos.
Además, los artículos 184 y 184 bis obligan al empleador a proteger eficazmente la vida y salud de sus trabajadores. Ante un riesgo grave e inminente, deben adoptarse medidas de prevención, suspensión de faenas y evacuación cuando corresponda.
📲 Avisa inmediatamente a tu empleador.
📸 Guarda fotografías, alertas, cortes de camino y avisos de suspensión del transporte.
✉️ Procura comunicarte por escrito y conserva todos los antecedentes.
⚠️ Ningún trabajador debe poner en riesgo su vida o salud para llegar a su lugar de trabajo.
Esta publicación entrega información general.