04/11/2022
Cuando consultamos el diccionario de la RAE y leemos la palabra «interrogatorio» definida como: «Serie de preguntas, comúnmente formuladas por escrito», nos damos cuenta de que no es muy válida en nuestro contexto.
En nuestro estudio queremos abordar el análisis del interrogatorio desde el puntoeminentemente policial, como método para obtener información, diferenciado delotro método, la Entrevista, por los elementos característicos que le rodean y que estudiaremos en el siguiente apartado.
En cuanto a la forma de llevarlo a cabo, el interrogatorio está rígidamente regulado en nuestro ordenamiento jurídico, hasta el punto de llevar consigo la nulidadde todo lo actuado en caso de inobservancia de estas normas jurídicas.
Desde la perspectiva de la psicología existe una importante diferenciación, especialmente en cuanto a la relación interrogador-interrogado. En el interrogatorio se observarán, como es lógico, todas las normas jurídicas y sociales de respecto y educación que rigen las relaciones interpersonales pero, a diferencia de la entrevista, no se pondrán en práctica determinadas estrategias de ayuda al recuerdo ni, lógicamente, la más mínima empata, encaminando hasta los escenarios más fríos y desalmados para una simple misión en concreto..... LA VERDAD a pesar de todo.