Abogado Laboralista Abg. Saul Mario Huaygua A.

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Abogado Laboralista  Abg. Saul Mario Huaygua A. Ofrecemos servicios jurídicos en la rama del derecho laboral.

Te podremos defender y asesorar en toda la problemática laboral que presente tu empresa o a nivel trabajador particular.

Asesoramiento y patrocinio legal en procesos laborales, por: Pago o reliquidación de beneficios sociales; Reincorporació...
03/07/2025

Asesoramiento y patrocinio legal en procesos laborales, por: Pago o reliquidación de beneficios sociales; Reincorporación a la fuente de trabajo; Desafuero sindical; etc.

Procesos de contratación y condiciones laborales especiales.

Elaboración de Reglamentos Internos de Trabajo

Elaboración de contratos laborales.

Derecho preventivo respecto al cumplimiento de la normativa laboral y social.

Inscripción de la empresa y de sus trabajadores ante las autoridades reguladoras Ministerio de Trabajo, Gestora Publica a largo Plazo y Seguro Social a corto plazo.

Asesoría y acompañamiento en despidos justificados.

Asesoría en el cálculo en liquidaciones de beneficios sociales.

Contratación de empleados.

Actualización normativa laboral permanente.

Asesoramiento en Inspecciones laborales e infracción a las leyes sociales.

Representación en Negociación de Convenciones Colectivas.

Representación y asesoría en audiencias de conciliación laborales en vía administrativa.

Contestación a pliegos de peticiones

Representación en Arbitrajes Laborales.

Defensa en Amparos Constitucionales Laborales.

Asesoría legal en materia sindical

Asesoría en materia laboral

Abogado Laboral Bolivia, está ubicado, en el EDIFICIO “FEDERACION DE TRABAJADORES FABRILES” Piso 1 Of. 11, ubicado en la Plaza Principal s/n esquina calles Esteban Arce y Bolívar,

14/04/2024
09/04/2024

Se incorpora al ámbito de aplicación de la LEY GENERAL DEL TRABAJO, a las trabajadoras y los trabajadores asalariados que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo de los Gobiernos Autónomos Municipales, quienes gozarán de los derechos y beneficios que la Ley General del Trabajo y sus normas complementarias confieren.

07/04/2024

Hay empresas en Cochabamba que ofrecen trabajo a las y los jóvenes, pero terminan reclutándoles para venderles productos. La FELCC tiene el reporte de 26 casos de estafa al mes y al menos 3 denuncias al día.

REGISTRO OBLIGATORIO DE EMPLEADORESEl  REGISTRO OBLIGATORIO DE EMPLEADORES - ROE de conformidad al Decreto Supremo N° 34...
07/04/2024

REGISTRO OBLIGATORIO DE EMPLEADORES

El REGISTRO OBLIGATORIO DE EMPLEADORES - ROE de conformidad al Decreto Supremo N° 3433 de 13 de diciembre de 2017, reglamentado su implementación mediante la Resolución Ministerial MT 2018 105/18 de 19 de enero de 2018 y entra en vigencia a partir del 01 de febrero de 2018.

¿QUIÉNES DEBEN REALIZARLO?

Tienen la obligación de inscribirse en el Registro Obligatorio de Empleadores – ROE, así como realizar la actualización de datos, a través de la Oficina Virtual de Trámites – OVT a cargo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social:
a) TODAS LAS EMPRESAS O ESTABLECIMIENTOS LABORALES DEL SECTOR PRIVADO, sean estas Sociedades Comerciales, Empresas Unipersonales, Sociedades Cooperativas, Sociedades Civiles, Asociaciones Civil es u otras independientemente de su giro o de su naturaleza;
b) EN EL SECTOR PÚBLICO TODAS LAS INSTITUCIONES que comprenden los Órganos del Estado Plurinacional, que ejercen funciones de control, de defensa de la sociedad y del Estado, Gobiernos Autónomos Departamentales, Regionales, Municipales e Indígena Originario Campesinos, Universidades Públicas, Empresas Públicas, Instituciones Financieras Bancarias y No Bancarias, Instituciones Públicas de Seguridad Social;
c) Todas aquellas personas jurídicas que perciban, generen y/o administren recursos públicos;
d) Todas aquellas personas naturales que perciban, generen y/o administren recursos públicos y tengan a su cargo dependientes laborales, y;
e) Las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana respecto a su personal administrativo.

¿CÓMO SE REALIZA EL REGISTRO OBLIGATORIO DE EMPLEADORES?

Cabe resaltar que el empleador podrá realizar el registro de manera virtual, a través de la Oficina Virtual de Trámites del Ministerio de Trabajo. El Certificado de registro será firmado digitalmente y enviado al correo electrónico del empleador.

¿EL CERTIFICADO DEL ROE SERÁ REQUERIDO EN OTRAS INSTITUCIONES?

El Certificado del Registro Obligatorio de Empleadores es un requisito fundamental para que las empresas puedan efectuar el trámite ante los entes gestores del seguro social a corto y largo plazo e incluso para la actualización de su matrícula en el Registro de Comercio de Bolivia y las empresas que requieran tramitar créditos en el sistema financiero también deben presentar de manera obligatoria el certificado de registro en el ROE.

¿CUÁL SERÁ LA SANCIÓN/MULTA A LOS EMPLEADORES QUE NO SE INSCRIBIERON EN EL ROE?

Los empleadores que no se inscribieron en el ROE, tendrán por infracción a leyes sociales una multa que oscila entre Bs. 1.000.- a Bs. 10.000.-
Paralelamente se aplicará una sanción por mora que se calcula multiplicando el factor correspondiente a la cantidad de días de retraso por el monto del total ganado reflejado en la planilla de sueldos y salarios.

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Plaza 14 De Septiembre Equina Calles Bolívar Y España Edificio De La Federación De Trabajadores Fabriles Piso 1 Oficina 10 De Esta Ciudad De Cochabamba

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