10/01/2023
⚖ En esta oportunidad, les traemos un fallo: “C. Á. R. c/ Sanatorio Privada Salud s/ daños y perjuicios responsabilidad profesional” de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Matanza, fecha: 29 de septiembre de 2022, donde la demandada (Sanatorio Privado) ha cometido un acto ilícito, un incumplimiento legal, al no hacer entrega al paciente en tiempo oportuno -fijado por el art. 14 de la Ley 26.529- de su historia clínica, siendo requerida mediante intimación fehaciente.
🚨 ʟᴀ ᴅᴇᴍᴏʀᴀ ɪɴᴊᴜꜱᴛɪꜰɪᴄᴀᴅᴀ ᴘᴏʀ ᴘᴀʀᴛᴇ ᴅᴇʟ ꜱᴀɴᴀᴛᴏʀɪᴏ ᴇɴ ʟᴀ ᴇɴᴛʀᴇɢᴀ ᴅᴇ ʟᴀ ʜɪꜱᴛᴏʀɪᴀ ᴄʟÍɴɪᴄᴀ, que recién fue operada su entrega después de haber transcurrido con exceso el plazo de 48 hs.
✅ Procede la indemnización del daño punitivo, por las inconductas y/o comportamientos de la demandada al demorar injustificadamente en la entrega de la historia clínica y negar los hechos, menoscaban y lesionan el trato digno y equitativo que deben recibir el paciente-consumidor de la empresa de salud, vulnerando la dignidad y el principio de equidad o igualdad ante la ley art. 16 Constitución Nacional.
♦️ La historia clínica es un instrumento médico legal imprescindible tanto para los profesionales de la salud y sus auxiliares, como también para el propio paciente, sus familiares y de relevancia jurídica a la hora de fallar en los supuestos de mala o buena praxis médica. Tiene un extraordinario valor jurídico en los casos de responsabilidad médica profesional constituyendo un documento médico-legal fundamental y esencial de primer orden.
📍 Corresponde aplicar al caso la Ley de Defensa del Consumidor nro. 24.240 y sus leyes modificatorias, toda vez que entre el paciente-consumidor-usuario y la Clínica demandada existe una relación de consumo, por así disponerlo los arts. 1 y 2. ⚖️