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02/02/2021

Volvimos totalmente renovados. Sarmiento y 25 de mayo en Buena Esperanza y Pringles S/N en Arizona. Asesoramiento jurídico integral en el sur de San Luis.
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Autoplanes: nuevas cautelares ordenan a concesionarias diferir valores de cuotas y suspender secuestros de vehículos.Al ...
13/11/2020

Autoplanes: nuevas cautelares ordenan a concesionarias diferir valores de cuotas y suspender secuestros de vehículos.
Al menos tres nuevas medidas cautelares otorgadas por la justicia civil de San Luis dispusieron lo que va camino a convertirse en el criterio común para la situación que atraviesan los ahorristas: suspendieron las ejecuciones prendarias y ordenaron diferir el 30 por ciento de los valores de las cuotas, para poder hacerlas accesibles.
“Habíamos solicitado que se difiriera un porcentaje de la cuota, del monto de la cuota, y que ese diferimiento va a estar sujeto a lo que se resulte del juicio. Esto implica una disminución del 30 por ciento de lo que el ahorrista va a tener que pagar en la cuota mensual”, explicó la abogada Victoria Villegas, que representa a varios ahorristas que iniciaron causas judiciales por el descomunal incremento de las cuotas de los autoplanes.
La letrada consideró que “los tribunales están manteniendo un criterio, en donde se reconoció la necesidad y la urgencia de bajar el valor de la cuota para que el ahorrista pueda seguir cumpliendo”.
Villegas informó que las acciones judiciales se iniciaron contra diferentes automotrices, entre ellas Volkswagen y FIAT, todas con un resultado preliminar similar.
La abogada recordó que continúa vigente la Resolución N°38/2020 de la Inspección General de Justicia que estableció la suspensión de las ejecuciones prendarias hasta el 31 de diciembre de este año. “Lo que pasa es que si no se llega a prorrogar, el ahorrista queda desprotegido y sería pasible del secuestro del vehículo ante la mora de una o dos cuotas”, resaltó, en declaraciones a SanLuis24.
Con las medidas cautelares, la Justicia de San Luis dispone que las concesionarias deben abstenerse de ejecutar las prendas hasta que se resuelva el juicio.
“En todos los casos, la cuota ha sobrepasado más del 20 o 30 por ciento del salario familiar. Esto ha generado la imposibilidad de pago por parte de los ahorristas”, indicó Villegas, y consideró que este tipo de resoluciones “son fallos novedosos importantes y esperamos que se mantenga este criterio en todos los juzgados”.

EXPLOTACIÓN INFANTILLa Cámara en lo Criminal y Correccional de 2° Nominación de Río Cuarto condenó a dos años de prisión...
03/10/2020

EXPLOTACIÓN INFANTIL
La Cámara en lo Criminal y Correccional de 2° Nominación de Río Cuarto condenó a dos años de prisión de ejecución condicional a un productor agropecuario acusado de explotación del trabajo infantil.
En la sentencia, el camarista Emilio Andruet señaló que el imputado Ardusso se aprovechó económicamente del trabajo infantil del niño R.N.R., quien al momento del hecho tenía quince años de edad.
“Ese aprovechamiento –para la doctrina- significa abusar de una posición de preeminencia del autor sobre el menor de edad, y la capacidad decisoria de la persona menor de dieciséis años de edad es nula para el derecho laboral, por lo que cualquier forma de trabajo que involucrase a menores de dicho límite etario representa un abuso de dicha posición”, enfatizó el magistrado.
En general, la explotación del trabajo infantil comenzaba a las 6 y terminaba a las 20.30 horas, aproximadamente, con un descanso de dos horas al mediodía. Esta situación duró desde abril del año 2016; hasta el 24 de enero de 2017.
Durante 10 meses, el imputado le asignó tareas rurales a un adolescente que, en ese momento, tenía 15 años. La víctima trabajaba, aproximadamente, desde las 6 a las 12 y desde las 14 a las 20.30 horas, sin recibir una retribución dineraria. A cambio de la labor del niño, el imputado entregaba “carne” y otros productos a su familia.
Según la acusación, la familia del menor se trasladó en abril de 2016 al establecimiento rural “El Caldén”, ubicado en las inmediaciones de la localidad de Ucacha (provincia de Córdoba). Se había convenido con el propietario del campo Román Claudio Ardusso, que todos los miembros del grupo familiar prestarían servicios en calidad de empleados, salvo el niño R.N.R que era menor y debería asistir al colegio.
Sin embargo, cuando la familia ya se encontraba desempeñando actividades laborales, le informaron que R.N.R. no podría ir a la escuela ya que no contaban con los medios necesarios para su traslado.
Luego, le dijeron a su madre que también el niño debía empezar a trabajar en el campo. Inicialmente, le asignaron tareas de cortador de pasto, trabajos con la desmalezadora y descargar camiones con cargas de algodón y maní, entre otras labores.
En general, la explotación del trabajo infantil comenzaba a las 6 y terminaba a las 20.30 horas, aproximadamente, con un descanso de dos horas al mediodía. Esta situación duró desde abril del año 2016; hasta el 24 de enero de 2017.
En esa fecha, un miembro del sindicato de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y de la Estiba (UATRE) relevó al adolescente, mientras se encontraba realizando tareas de parquero, fumigación de alambrado y parqueado de casco en el establecimiento. La entidad sindical constató que el trabajo del niño se desarrollaba a la intemperie, que implicaba el uso de herramientas de riesgos y que estaba expuesto olores fueres, polvo y mucho ruido.

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